Trabajadores podrán deducir del IR gastos en hoteles, restaurantes y bares
El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) modificó el reglamento del Impuesto a la Renta (IR) a través de un decreto supremo para añadir deducciones en el cálculo del IR pagado por los trabajadores afectos a rentas de cuarta y quinta categoría.
La normativa indica que, a partir del 1 de enero del 2019, los trabajadores podrán aplicar como deducción hasta el 15% de lo pagado por los servicios recibidos en restaurantes, hoteles, bares y cantinas, considerando incluso los impuestos correspondientes (Impuesto General a las Ventas e Impuesto Municipal).
El MEF resaltó que los restaurantes, bares, cantinas y hoteles deberán emitir comprobantes electrónicos para poder hacer efectiva la deducción.
«De esta manera, la Sunat podrá registrar en tiempo real ese mismo recibo y automáticamente ser considerado gasto para la deducción correspondiente a fin año», indicó el MEF.
Cabe destacar que, según la Sunat, el nivel de evasión del IGV del sector servicios (restaurantes, bares y hoteles) es alrededor del 86% del impuesto potencial, lo que supone pérdidas por S/ 3.200 millones aproximadamente en recaudación.
FUENTE: EL COMERCIO- PERÚ