Director periodístico: Víctor Hugo Anteparra Reátegui
23 julio, 2024

Perú requiere mejorar la transparencia y rendición de cuentas de su sistema de beneficios tributarios

 Perú requiere mejorar la transparencia y rendición de cuentas de su sistema de beneficios tributarios

De acuerdo con el documento “Contabilizados, pero sin rendir cuentas: La transparencia en los gastos tributarios en América Latina” de Paolo de Renzio para el International Budget Partnership (IBP) “En América Latina, los gastos tributarios reducen los ingresos públicos entre un 10 y un 20 por ciento, y no se realiza una evaluación adecuada de su impacto”.

Respecto al nivel de información y transparencia, el documento indica “Desde el punto de vista contable, la presentación de informes sobre gastos tributarios en América Latina parece razonable. Casi todos los gobiernos elaboran y publican un informe anual que incluye información sobre el tipo de gastos tributarios que existen y a qué importe ascienden. No obstante, la cobertura de los informes y el nivel de detalle que incluyen varía mucho en la región.”

Por el contrario, a nivel de rendición de cuentas, el documento señala “Los informes gubernamentales guardan en gran medida silencio sobre varios aspectos clave de los gastos tributarios, incluidos los objetivos políticos y las mediciones del desempeño, y no incluyen información sobre los beneficiarios y el impacto. Asimismo, se incluyen muy pocos detalles sobre los procesos a través de los cuales se toman las decisiones relativas a su introducción, revisión y evaluación.

El IBP señala como indispensable:

  • promover una mejor integración entre la presentación de informes sobre gastos tributarios y el proceso presupuestario anual;
  • incluir en los informes sobre gastos tributarios una lista pormenorizada de todos estos gastos, que incluya una variedad de detalles; y
  • racionalizar el proceso de aprobación y revisión de los gastos tributarios, incluida la evaluación del impacto, hacerlo más transparente y sujeto a un escrutinio independiente.
    1. Transparencia: La información sobre a quiénes está dirigida la norma, así como su vigencia debe ser visible para los evaluadores de política pública y los ciudadanos.
    2. Rendición de cuentas: La norma debe promover una rendición de cuentas sobre los resultados y el impacto de la implementación del incentivo o beneficio
    3. Equidad: La norma debe contener información que permita visibilizar que no se vulnere la equidad, ni se generen privilegios, discriminación o direccionamiento del beneficio para un grupo específico en desmedro de otros.
    4. Eficiencia: La norma debe demostrar que el incentivo o beneficio es un medio rentable para lograr el objetivo trazado
    5. Adecuación: El beneficio o incentivo tributario debe ser parte de un plan fiscal general que tenga en cuenta toda la gama de políticas y programas que dependen del presupuesto para recibir apoyo.Perú: Evaluación de normas

      Las investigaciones realizadas en el marco del Proyecto de Investigación, Promoción y Aprendizaje de Gastos Tributarios de América Latina (LATERAL en sus siglas en inglés), indican que todo buen sistema de beneficios tributarios debe contemplar los siguientes criterios

    En base a dichos criterios, Ciudadanos al Día evaluó 10 normas aprobadas desde agosto 2016 a diciembre de 2018 y que otorgan beneficios tributarios. El análisis incluyó la norma final y la exposición de motivos que forman parte del expediente virtual.

      • De acuerdo con el Decreto Legislativo 1310 y el Decreto Supremo Nº 061-2019-PCM establecen exclusiones para el análisis de calidad regulatoria en las disposiciones normativas de naturaleza tributaria. Por ello, resulta recomendable que el Ministerio de Economía y Finanzas y/o el Congreso establezcan una normativa marco que introduzca criterios de transparencia, rendición de cuentas, equidad, eficiencia y adecuación en la formulación de beneficios tributarios.De acuerdo con el documento Gastos Tributarios: Balance y agenda pendiente (Abril 2018) elaborado por Elmer Cuba y Eduardo Jiménez para Ciudadanos al Día y el Consorcio de Investigación Económica: “Las evaluaciones de impacto, y cualquier estudio cuantitativo en general, requiere estadísticas. Por ello se necesita:Perú: Recomendaciones
        • El Ministerio de Economía y Finanzas, la SUNAT u otra autoridad competente debe publicar una lista de los beneficios tributarios vigentes, su costo y la autoridad legal (leyes y regulaciones) que rigen su disponibilidad: esta información debe estar fácilmente accesible y debe incluir los criterios de elegibilidad y los procedimientos necesarios para calificar para un beneficio tributario. Idealmente, esta información debe publicarse en forma anual y debe estar disponible como parte del proceso presupuestario anual.

         

    • Información financiera de las empresas. Si bien la Superintendencia del Mercado de Valores (SMV), a través del MEF, exigió a las empresas publicar sus estados financieros, esta fue declarada inconstitucional por el Tribunal Constitucional. A pesar de que esta información continúa siendo recogida por la SMV, ya no está disponible para los investigadores. Para superar este impase, se podría evaluar disponer de la información innominadamente por medio de convenios interinstitucionales Estado-Centros de Investigación. Sunat podría evaluar algún mecanismo similar ya que ellos cuentan también con la información financiera de empresas. El CIES sería clave en este punto.
    • Encuestas a empresas. Es necesario que el INEI lleve a cabo encuestas anuales a empresas de modo que se pueda reconstruir su información financiera y se permita conocer una serie de características de ellas, de sus dueños, sus trabajadores y de sus prácticas de gestión, etc., de modo que se pueda evaluar el potencial impacto de un beneficio tributario. En ese sentido, la Encuesta Nacional de Empresas (ENE) es un gran aporte. Sin embargo, esta debe presentar importantes mejoras pues en el recojo de información financiera básica solo se incluye a las Mypes .
    • Con relación al punto anterior, el Estado podría llevar a cabo estudios ad hoc para levantar datos que permitan hacer evaluaciones de gastos tributarios específicos. Esto sería ideal en el caso de las exoneraciones tributarias a la selva.
    • El sesgo de las evaluaciones de los beneficios tributarios es hacia los impuestos con cobertura nacional. Sin embargo, las exoneraciones respecto a impuestos locales no cuentan con información. Entonces, se requieren bases de datos con información económica y fiscal a nivel de distritos, provincias y regiones.”

 

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