OSIPTEL: ¿sales de viaje por una larga temporada? ¡Suspende tus servicios de telecomunicaciones sin costo!
Los usuarios pueden solicitar la suspensión de su servicio desde 15 días a 2 meses por año de servicio.
Si un usuario tiene planeado salir de viaje por un periodo prolongado tiene derecho a suspender temporalmente su servicio de telecomunicaciones, informó el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL).
En primer lugar, no se debe confundir suspensión temporal con la baja del servicio, ya que son dos trámites diferentes. La suspensión temporal es el derecho que tienen los abonados del servicio de solicitar la suspensión por un tiempo determinado que puede ser de 15 días hasta 2 meses por año de servicio sin generar cobros por dicho periodo.
En tanto, la baja del servicio es el derecho de los abonados a dar por terminado su contrato.
La suspensión del servicio puede ser solicitada en cualquier momento y no se tiene que dar explicaciones a la empresa operadora. La solicitud debe ser presentada por el titular del servicio (abonado) ante su operador mediante cualquiera de los canales de atención disponibles. El operador tendrá un plazo de hasta cinco días hábiles para hacerla efectiva, salvo que el abonado hubiera señalado que dicha suspensión se realice en una fecha posterior.
El trámite es 100% gratuito y el periodo mínimo por el que se puede solicitar la suspensión es desde 15 días hasta 2 meses, consecutivos o alternados por año de servicio. El operador NO podrá facturar durante este periodo, ya que el servicio estará suspendido.
Es importante que se precise, al operador el periodo de la suspensión temporal; de lo contrario, la empresa podría suspender el servicio por el periodo de 2 meses consecutivos que la norma establece, contado desde la fecha que se presente la solicitud.
Una vez cumplido el periodo de la suspensión temporal que se solicitó, el operador reactivará el servicio de forma automática. Sin embargo, los usuarios tienen la posibilidad de pedir la reactivación del servicio antes de que el periodo requerido concluya. Una vez realizada la reactivación, se iniciará la facturación que corresponda.
Cabe resaltar que las empresas podrían aplicar una tarifa por la reactivación, por eso se recomienda que se consulte al operador sobre el mencionado costo. Las empresas operadoras están obligadas a brindar dicha información.
Si tu operador no ejecuta tu solicitud de suspensión temporal del servicio, solo se deberá pagar la parte proporcional de la tarifa o renta fija correspondiente hasta la fecha en que el operador debió efectuar la suspensión del servicio. Por esa razón es muy importante solicitar el código de la solicitud.
El OSIPTEL atiende las consultas de los usuarios a través de los números 940721790, 940721911, 940721985, 961271827 y 950838712, de lunes a viernes, de 8:30 a. m. a 5:00 p. m., así como de manera presencial, en el jr. Jiménez Pimentel 137 – 139 Tarapoto, y en la av. Miguel Grau 757, Moyobamba (dentro de las instalaciones de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones).